Resumen Macromesa 22 de abril

La sesión de la macromesa del pasado viernes 22 de abril no aportó grandes cambios a las anteriores, siendo un espacio para que las fuerzas sindicales comentasen las aportaciones realizadas a la propuesta de la administración, y USO fue una de las pocas que lo hicieron.
Realizamos nuestra intervención recordando las novedades respecto a los acuerdos alcanzados en las diputaciones de Sevilla y Granada con unanimidad sindical de los mayoritarios, así como el Dictamen del Consejo de Estado referenciado al RD de estabilización en el sector educativo. Os destacamos lo esencial en estos acuerdos y dictamen:
– Diputación de Sevilla: valoración de méritos 100% experiencia laboral como funcionario interino o laboral temporal en la tipología de plaza ofertada de la administración convocante.
– Diputación de Granada: valoración de méritos 90% experiencia laboral como funcionario interino o laboral temporal en la tipología de plaza ofertada en la administración convocante y también en otras tipologías y administraciones.
– Dictamen Consejo de Estado: valida la valoración de méritos de forma excepcional a unos colectivos respecto a otros, incluso procesos restringidos, siempre que este respaldado por una situación excepcional.
Respecto los acuerdos en las diputaciones, una de las fuerzas sindicales con presencia en estas administraciones (y que ha validado estos acuerdos) aportó que son realidades diferentes, y que no tenían por qué trasladarse a las Baleares.
Reiteramos a la administración la necesidad de tener en cuenta los acuerdos favorables de otras administraciones respecto la propuesta inicial del Ministerio (60% experiencia), entendiendo que todas ellas deben respetar la ley y basarse en la misma seguridad jurídica que se busca en la macromesa.
Es una apreciación, pero por desgracia no vemos intención de llegar a una valoración realmente mayoritaria de la experiencia en la fase de méritos, ni de valorar solo la experiencia como personal temporal (aunque sea una orientación de la Secretaria de Estado), lo que puede comprometer seriamente una estabilización real del personal en abuso de temporalidad. Pero todavía no hay nada cerrado y sigue en estudio jurídico por parte de la abogacía de la CAIB, y en próximas sesiones se irá perfilando lo que pretende la administración.
USO recordamos además los siguientes aspectos:
– La seguridad jurídica del proceso debe tener en cuenta el abuso de temporalidad, respetando a la jurisprudencia europea en la necesidad de sanción del abuso y de establecer procesos con certeza de estabilización.
– Reducción al mínimo posible de los temarios y epígrafes a proponer en la fase de oposición del concurso-oposición previsto.
– Establecer un 90% de méritos de experiencia laboral tanto en el concurso oposición como en el concurso de méritos. Recordando que la Diputación de Sevilla lo ha establecido en un 100%.
– Marcar un diferencial 4 a 1 respecto la puntuación de la experiencia en la tipología de plaza en la administración convocante respecto otras opciones, siguiendo el modelo ya utilizado en el PEL de la CAIB.
– Descartar el mérito de titulaciones académicas, añadiendo otros méritos como el de interino de larga duración (concepto establecido en la Ley 20/21), servicio activo (como tiene previsto la Generalitat de Cataluña), cursos de formación (siguiendo un esquema simplificado de la valoración que ha realizado la AGE).
– Añadir como criterio de desempate la edad del participante, discriminando positivamente al de mayor edad.
– Establecer unos criterios muy claros de motivos de exclusión del proceso, pero en ningún caso excluir a las personas que, accediendo correctamente a la administración, se les hayan modificado los requisitos de acceso posteriormente, y actualmente no dispongan de ellos. Deben establecerse mecanismos para participar y estabilizar con el condicionante de obtener dichos requisitos en un determinado plazo de tiempo.
– Tener en cuenta al personal laboral en edad de jubilación parcial y que estén obligados a participar para estabilizar en una plaza funcionarial. Esta situación es irregular y provocada por la administración, y generaría una perdida importante de derechos al personal en esta situación, obligándoles a alargar su jubilación por el hecho de dejar de ser personal laboral.
De nuevo el concepto de “seguridad jurídica” marco la sesión, un escudo o bandera a la cual se aferra la administración y algunos sindicatos, y que vemos como uno de los mayores impedimentos a conseguir unas bases que realmente sancionen el abuso y den garantías/certeza de estabilización al colectivo afectado. La seguridad jurídica está la Ley 20/2021 y la jurisprudencia europea.
Esta semana se prevén sesiones el jueves y viernes, con una nueva entrega por parte de la administración con todas las aportaciones realizadas por los sindicatos a la propuesta inicial de la administración.