CAIB: La Administración implanta el teletrabajo

Aprobado el Decreto de teletrabajo que permitirá ejercer el trabajo a distancia a los funcionarios de Servicios Generales.

Hoy 28 de junio, el Consejo de Gobierno ha aprobado,el Decreto de teletrabajo. Los objetivos de la regulación del trabajo a distancia son: contribuir a la modernización de la Administración y favorecer la conciliación de la vida laboral y profesional. BOIB Núm. 91 de 29-06-2013  —-

La modalidad de trabajo a distancia podrá ser ejercida por los trabajadores de los Servicios Generales y no será aplicable ni al personal docente ni al personal estatutario.

A partir de mañana, los empleados públicos que reúnan los requisitos establecidos podrán optar por esta fórmula de trabajo a distancia. La regulación del trabajo a distancia prevé que se pueda hacer trabajo de forma no presencial, como máximo 3 días a la semana. Los 2 días restantes de la jornada laboral habrá que hacer trabajo de forma presencial.

La modalidad del trabajo a distancia sólo la podrán ejercer aquellos trabajadores que tengan encomendadas unas tareas que no supongan la necesidad de la suya presencia física al lugar de trabajo (elaboración de informes, asesoría, corrección y traducción de documentos, etc) y que no pongan en riesgo la protección de datos sensibles.

El teletrabajo se organiza haciendo uso de las tecnologías de la información. El trabajador que quiera ejercer esta modalidad laboral tendrá que aportar los recursos materiales necesarios y hacerse cargo de los gastos que se deriven (ordenador con capacidad suficiente, conexión a internet y gastos de mantenimiento).

Los trabajadores a distancia tendrán un superior que supervisará la realización de las tareas encomendadas. Se funcionará por objetivos y no con un horario preestablecido, a pesar de que se acordarán unas franjas horarias de interconexión que el trabajador que ejerce la modalidad del teletrabajo tendrá que cumplir.

La duración de la prestación de servicios en esta modalidad será por un mínimo de tres meses y un máximo de un año, aunque en algunos casos se podrá prorrogar seis meses más, hasta un total de 18 meses.

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