Sentencia: Desviación de poder al cesar a un funcionario que desempeñó el mismo puesto en comisión de servicios durante 5 años
Declara el Tribunal Superior Justicia de Castilla – La Mancha, que el acto anulado carece de motivación, y ello porque a pesar de ser consciente la Administración de la necesidad de justificar la destitución apoyándose en una causa legal y de que debería procederse a un procedimiento de convocatoria pública para cubrir la plaza ocupada por el actor tanto tiempo desempeñada provisionalmente a pesar del mandato legal de su limitación a dos años, vuelve a incurrir en el mismo vicio que trata de sanar reincidiendo en una nueva comisión de servicio a favor de un funcionario de su conveniencia que sustituye al destituido.
Concluye que las especiales circunstancias que concurren en el caso permiten discernir sobre el uso desviado del poder que implica la destitución caprichosa e irregular de un funcionario para nombrar a otro con el fin de ocupar la plaza del cesado de manera ilegal, que solo puede e xplicarse, a su juicio -a la vista de la arbitrariedad y reincidencia cometidas-, en afinidades ideológicas, o acepciones o simpatías personales o de tipo político. Texto de la sentencia
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