CAIB: Propuesta de seguro colectivo que cubra la Incapacidad Temporal
El pasado día 29 de enero, presentamos escrito a la Administración CAIB, proponiéndole una solución alternativa a la pérdida de la garantía económica de baja laboral, por Incapacidad temporal por enfermedad común, a través de un Seguro Colectivo para cobertura Incapacidad Temporal, y ello por la aplicación de la restrictiva normativa estatal R.D.L. 20/2012, de 13 de Julio y de la normativa autonómica a través del artículo siete del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, modificado por el artículo cuarto del Decreto Ley 10/2012, de 31 de Agosto.
Instamos a la administración que realicen las gestiones oportunas con las entidades aseguradoras, a fin de estudiar y/o negociar la mejor oferta de seguro colectivo de Indemnización, que cubra en la actualidad el vacío garantista de la contingencia de baja laboral por Incapacidad Temporal, pues la fuerza o capacidad negociadora para conseguir la mejor oferta -económica o de cobertura-, por el volumen de trabajadores afectados, la tiene la Administración.
La cuota del seguro no debería ser muy costosa, pues sólo alcanzaría la cobertura de la contingencia derivada de Incapacidad Temporal de enfermedad común, ya que el resto de contingencias, tales como; accidentes de trabajo, enfermedad profesional, hospitalización e intervención quirúrgica están cubiertas al 100%.
Este seguro colectivo de indemnización ha de tener un alcance a todos los empleados y empleadas al servicio de esta Administración de la CAIB y del sector público instrumental.
Confiamos que la administración sea receptiva a nuestra pretensión y solvente de la manera más favorable los intereses del personal a su servicio, compensando de esta manera, las restrictivas normas que han sesgado de un plumazo los derechos adquiridos del personal al servicio de la Administración , entre otros, el de la garantía económica por Incapacidad Temporal. [Ver propuesta]
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